Dosquebradas. Con el comienzo del calendario escolar en Dosquebradas, en las distintas instituciones educativas se procedió este año a darle continuidad al Acuerdo Municipal aprobado por el Concejo que ordena el nombramiento de los Personeros Estudiantiles.
Cumplido este proceso la Personería de Dosquebradas ha sido invitada a las posesiones de los Personeros en las distintas instituciones educativas, labor a cargo de Adriana Castaño Ospina, profesional universitaria.
“Felicitamos a los rectores que permiten que este ejercicio democrático se cumpla cabalmente; nosotros a lo largo del año los estaremos acompañando con conferencias y capacitaciones”, dijo Castaño Ospina.
El personero estudiantil, debe ser un estudiante que curse el último grado. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.
Así mismo, recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos. Presentar ante el Rector o el Director Administrativo, según sus competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes, entre otras.
Cumplido este proceso la Personería de Dosquebradas ha sido invitada a las posesiones de los Personeros en las distintas instituciones educativas, labor a cargo de Adriana Castaño Ospina, profesional universitaria.
“Felicitamos a los rectores que permiten que este ejercicio democrático se cumpla cabalmente; nosotros a lo largo del año los estaremos acompañando con conferencias y capacitaciones”, dijo Castaño Ospina.
El personero estudiantil, debe ser un estudiante que curse el último grado. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.
Así mismo, recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos. Presentar ante el Rector o el Director Administrativo, según sus competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes, entre otras.
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